Artículo 10

Artículo 11

Ley de Acceso a la Información Pública Decreto 57-2008

Fundamento legal de la SECAI

El Art. 46 de la LAIP establece que el acceso a la información pública como derecho humano fundamental prescrito en la Constitución Política de la República de Guatemala y tratados o convenios internacionales ratificados en nuestro país, estarán protegidos por el Procurador de los Derechos Humanos en los términos de la Ley de la Comisión de los Derechos Humanos y del Procurador de los Derechos Humanos

Comisión encargada de los procesos de liquidación de SAA – SEPAZ – COPREDEH

Unidad ejecutora temporal para la liquidación de las extintas SAA – SEPAZ – COPREDEH

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